El martes 14 de mayo la Red Solidaria contra la Ocupación de Palestina (RESCOP) alertaba en base a una filtración en origen de que un carguero con destino Cartagena, el Borkum (IMO 9457153), podría transportar toneladas de armamento con destino final el puerto Ashdod en Israel, país que está siendo investigado por la Corte Penal Internacional por crímenes de guerra y contra la humanidad por su campaña militar en Gaza, Palestina.
Como parte de las reacciones del Gobierno, el Ministro de Transportes Óscar Puente, tras publicar información de la aduana de Las Palmas, anunciaba por redes sociales que tenía en su poder un certificado del Gobierno de la República Checa donde dicho país declaraba ser el destinatario último del armamento.
El certificado fue publicado el 16 de mayo en El País y por Antonio Maestre, periodista habitual en La Sexta, en sus redes sociales. En base al Certificado de Último Destino y el cargamento que declaraba, se estableció un relato por el cuál dicho armamento estaba destinado a Ucrania y no Israel, dando veracidad a la posición del Gobierno respecto al Borkum.
Los Certificados de Último Destino (E.U.C. en sus siglas en inglés, end-user certificate) son unos documentos oficiales utilizados en la transferencia de munición y armas a nivel internacional donde el comprador del armamento certifica ser el destinatario último y afirma su compromiso de no exportar dicho material a terceros países (excepto con autorización expresa del país de origen).
La exigencia del uso de Certificados de Último Destino es requerida por múltiples gobiernos, también en la Unión Europea, Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, artículo 5; para intentar evitar “el riesgo de que se pueda desviar o exportar el producto acabado a un destinatario final no deseado”: países bajo embargo, países violadores de los derechos humanos, …
Por otro lado se han señalado los diferentes problemas que tienen los E.U.C. como herramienta para impedir la exportación ilegal. Los certificados pueden ser manipulados o falsificados, obtenidos por oficiales corruptos, o en última instancia no garantizan que el destinatario cumpla el compromiso de no reexportar el armamento a destinatarios no deseados.
Volviendo al caso del Borkum, la periodista de la República Checa Petra Dvořáková publicó un artículo en Deník Referendum analizando el caso desde el punto de vista checo. Dicho artículo contiene varios elementos interesantes.
El digital pudo confirmar que el E.U.C. publicado en España según el Gobierno Checo es veraz aunque no dieron más detalles del uso final de las armas por seguridad. Aparte dos expertos en estudios de seguridad y relaciones internacionales reconocieron que “todo el comercio ilegal de armas se basa en certificados falsos de usuario final”. Como ejemplo citaron como países en principio neutrales exportan armas a Ucrania a través de República Checa siempre y cuando Rusia no se entere.
El segundo elemento es que tras la crítica del informe de Amnistía Internacional de 2023 sobre el continuo envío de armamento de República Checa a Israel, Ondřej Kolář, miembro de la coalición gubernamental SPOLU, afirmó que la exportación de armas a Israel es correcta y confirmó estar orgulloso de ello.
Es decir, un E.U.C. con destino final República Checa no garantiza en absoluto que esas armas no puedan ser reexportadas a Israel. Es más, la República Checa también está obligada por la Posición Común Europea y las Medidas Cautelares de la C.I.J. de no exportar a Israel, más motivo para que España se niegue a ser país que facilite el tránsito. Presentar un E.U.C. como prueba del destino final de un cargamento de armas y su uso como poco es información a poner en tela de juicio.
Existe otro elemento respecto al E.U.C. publicado que concierne a la legislación española. Según el Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso (texto consolidado), artículo 31.4, estos certificados tienen 6 meses de validez.
El E.U.C. publicado tiene fecha de 31 de mayo de 2023 y fue digitalizado el 15 de junio de 2023 en zona horaria de verano de Europa Central (UTC+2). Fuera digitalizado en España o República Checa para su tramitación, el certificado respecto al Borkum está caducado. Este es un ejemplo de cómo el E.U.C, cuyo objetivo original es asegurar el destino y uso final del armamento, puede ser utilizado para todo lo contrario, ocultarlo o simplemente justificar no investigar un carguero en tránsito sobre el que hay serias dudas.
La única medida efectiva de embargo de armas, si realmente este es el compromiso del Gobierno, es bloquear los cargueros sobre el que existan dudas, registrar la carga, investigar los posibles riesgos de reexportación y retención del material dado el caso.
Así viene establecido en el artículo 10.7 sobre Tránsitos del citado Real Decreto en base al supuesto detallado en el artículo 8.1 a) de la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, de cuando existan indicios racionales de que el material pueda usarse en situaciones de violación de derechos humanos.
Según la información en posesión de la RESCOP publicada en CTXT, otro carguero de bandera luxemburguesa, el Vertom Odette (IMO 9373333), se encuentra realizando el mismo recorrido que el Borkum desde India hacia Israel. A día de hoy ya ha puesto rumbo a Cartagena (Murcia) según recoge Marine Traffic, con llegada prevista el 5 de junio.
La pregunta es si esta vez el Gobierno va a aplicar el artículo 10.7 del RD 679/2014, o por el contrario se va a usar como justificación un E.U.C. (otro o el mismo), de escasa utilidad, demostrando una vez más que su compromiso con el embargo de armas a Israel es cuanto menos cuestionable.